miércoles, 29 de mayo de 2019

Palo al independentismo

Vilanova, 29 Mayo de 2019

La suspensión por parte del Tribunal Constitucional del pleno del Parlament de Cataluña del día 9 de octubre de 2017 no solo se ajustó a derecho sino que “fue una necesidad imperiosa para el mantenimiento de la seguridad pública en defensa del orden y la protección de los derechos y libertades de los demás”. Esto lo ha dicho (literalmente) el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en lo que puede ser el primer palo que les atiza al independentismo catalán. 

El mismo tribunal en el que todavía (hasta ahora supongo) tenían puestas todas sus esperanzas de legitimar el proces. El tribunal ha rechazado por unanimidad la demanda presentada por la que fuera presidenta del Parlament, Carme Forcadell y otros 75 diputados independentistas entre los que está el fugado Puigdemont, contra la suspensión cuatro días antes de la celebración del pleno por parte del TC a instancias del partido socialista de Cataluña de la sesión en la que los secesionistas pensaban oficiar su liturgia de separación del resto del Estado. 

Sobre todo, esta noticia marca un criterio claro del tribunal europeo por lo que de simbólico tenía para los independentistas, pues pretendían agarrarse a él como tabla de salvación contra el opresor estado español. No vale quejarse de falta de libertad cuando lo que ellos hacen es subvertir el orden constitucional.

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